Bonos y Rifas autorizados por el IPLyC S.E.
Nombre | Localidad | Sorteo | Resolución |
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As.Pa.Sa.Te. | Leandro N. Alem. | 03/10/2023 | 109/23 |
Instituto Línea Cuchilla. | Ruíz de Montoya. | 05/11/2023 | 161/23 |
Asociación Civil de Mujeres Emprendedoras | Posadas. | 05/11/2023 | 173/23 |
Fiesta Nacional de la Madera. | San Vicente. | 12/11/2023 | 140/23 |
Instituto Carlos Lineo. | Oberá. | 24/11/2023 | 328/23 |
Asociación Civil de Padres en Apoyo al Discapacitado. | Aristóbulo del Valle. | 25/11/2023 | 240/22 |
A.P. U. Na. M. | Posadas. | 25/11/2023 | 240/23 |
Parroquia Cristo Rey. | Oberá. | 10/12/2023 | 205/23 |
Parroquia San Juan Neumann. | San Vicente. | 17/12/2023 | 127/23 |
¿Qué debo tener en cuenta al momento de solicitar la autorización de un bono o rifa?
La reglamentación vigente que establece el trámite y documentación para la autorización de bonos y rifas, solo se refiere y dispone por bonos de papel con sorteos por extracción, o bien utilizando nuestros sorteos de Quiniela.
No refiere a sorteos online, por redes sociales o páginas web, para los que se debería reglamentar y disponer que trámite y requisitos son necesarios para su autorización, en caso de ser necesario, para asegurar el control que corresponde en todo sorteo que incluya el azar para la obtención de un premio comprometido por el organizador del mismo, ya sea gratuito y solo con fin de promocionar la empresa o producto, o bien de recaudar fondos con un fin social.